Actualmente continúan en ERTE más de 570.000 personas.
No varían los ERTE por impedimento, las exoneraciones son del 100% si tienen menos de 50 trabajadores, y del 90% si tienen más. En los ERTE por limitación. si la empresa es de menos de 50 empleados, los porcentajes serán del 85% en junio y julio y del 75% en agosto y septiembre. Si la empresa es más grande, los porcentajes pasan al 75% y 65%, respectivamente. Los trabajadores por cuenta propia que no hayan podido retomar su profesión por restricciones legales mantendrán la prestación extraordinaria que venían recibiendo. Esta se eleva al 70% de la base mínima de cotización (antes era del 50%), se mantiene la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI, 1.187,25 €. Puede acceder al contenido completo del Real Decreto-Ley 11/2021, de 27 de Mayo, pulsando aquí