El trabajo a distancia regulado en la Ley 11/2021, de 9 de Julio, tiene carácter voluntario para ambas partes y quedará plasmado en un escrito de contenido mínimo en el que se recogen las obligaciones formales, la dotación y mantenimiento de los medios de trabajo, compensación de gastos, horario de trabajo y su distribución entre trabajo presencial y a distancia, medios de control empresarial, protección de datos, seguridad de la información, duración del acuerdo de trabajo a distancia, etc.
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