Trabajo a Distancia

El trabajo a distancia regulado en la Ley 11/2021, de 9 de Julio, tiene carácter voluntario para ambas partes y quedará plasmado en un escrito de contenido mínimo en el que se recogen las obligaciones formales, la dotación y mantenimiento de los medios de trabajo, compensación de gastos, horario de trabajo y su distribución entre trabajo presencial y a distancia, medios de control empresarial, protección de datos, seguridad de la información, duración del acuerdo de trabajo a distancia, etc.

Puede consultar íntegro el decreto ley pulsando aquí

Facebook
LinkedIn
WhatsApp
Email

Quizás también te interese...

Optimización tributaria y mitigación de riesgos normativos En un entorno empresarial cada vez más complejo y regulado, la planificación fiscal

¿Qué tipo de análisis realizamos? El crecimiento de una empresa depende de múltiples factores, y uno de los más importantes

¡Mantén la economía de tu hogar y de tu negocio en orden con Asesoría Filar! El inicio del curso escolar