El Real Decreto-Ley 2/2022, de 22 de Febrero, entre otras medidas de defensa del empleo y de protección en situaciones de vulnerabilidad económica, establece en su artículo 1, una exención en la obligación de cotizar a la seguridad social en las cuantías del 90%, 75%, 50% y 25% durante los meses de Marzo, Abril, Mayo y Junio respectivamente, para aquellos trabajadores autónomos que vinieran percibiendo el 28 de Febrero alguna de las prestaciones por cese de actividad previstas en el artículo 10 y 11 del Real Decreto-Ley 18/2021.
Esta exención en la obligación de cotizar es incompatible con la prestación por cese de actividad en cualquiera de sus modalidades.
El artículo 2 del Real Decreto-Ley 2/2022 establece una prestación extraordinaria por cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender su actividad como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida para contener la propagación del virus COVID-19.
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Por otro lado, el Real Decreto 152/2022, de 22 de Febrero, fija el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2022 en 33,.333€ día o 1.000,00€ mes y 14.000,00 euros en cómputo anual.
El salario hora de las personas trabajadoras empleados y empleadas de hogar queda fijado en 7,82€
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