Esa es la respuesta vinculante emitida por la Agencia Tributaria a una consulta realizada por una agrupación de empresarios de hostelería.
La consulta se ha realizado ante las dudas que plantea el Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, que establece que bares y restaurantes están obligados, sin ningún coste adicional, a facilitar que los consumidores se lleven el excedente de su comida.
La Agencia Tributaria motiva su respuesta porque “se dan las circunstancias necesarias para determinar que la entrega de los envases mediante contraprestación a los clientes que así lo soliciten constituye para el destinatario un fin en sí mismo y, por consiguiente, deberán tributar por el IVA de forma independiente a la prestación de servicios de restauración siendo el tipo impositivo aplicable a la entrega de los envases el general del 21%.”
El Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario no ha sido aprobado en plazo y actualmente se encuentra caducado.