La factura electrónica ya es obligatoria para aquellas empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros y lo será para todas las empresas y profesionales a partir de Junio de 2025
Programas como Excel y Word son herramientas relativamente sencillas de usar que permiten a los autónomos y pequeñas empresas realizar facturas, convertirlas a pdf y enviarlas a sus clientes.
Para las empresas que superan los 8 millones de euros de facturación esto ya no es así desde el pasado mes de junio, para estas empresas ya es obligatoria la factura electrónica en los términos establecidos en la Ley 18/2022 de 28 de Septiembre, Ley Crea y Crece, y tampoco lo será para el resto de empresas a partir de 6 de Junio de 2025.
La factura electrónica obligará a que toda la facturación de las empresas se genere mediante un software de facturación homologado, esto implica que las facturas creadas con Excel, Word o presentadas en formato PDF, no válidas para la emisión de facturas para todo tipo de empresas, incluidos los autónomos. Además, las facturas en papel también desaparecerán. Por el momento, quedan excluidas de esta medida las facturas entregadas a particulares, que se producirá en una próxima fase de digitalización.
La normativa establece que las facturas electrónicas deben “garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos”.