Ampliación de permisos por nacimiento y cuidado del menor

El Ejecutivo ha dado luz verde a los cambios en los permisos por nacimiento y cuidado de hijos a través del Real Decreto-Ley 9/2025 publicado hoy 30/07/2025 en el B.O.E. Las modificaciones entran en vigor de inmediato, aunque deberán ser convalidadas por una mayoría en el Congreso, suponen una inversión estimada de 1.500 millones de euros y amplían de 16 a 19 las semanas el permiso de nacimiento y cuidado, dando así cumplimiento a La Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019.

Quién puede disfrutar de estos permisos?

“Los empleados públicos, todos los asalariados y las personas autónomas”. Se trata, de prestaciones contributivas, y por lo tanto es necesario que “al inicio de cada uno de los periodos de descanso la persona trabajadora se encuentre en situación de alta o asimilada a la de alta”.

¿Cómo se distribuyen las nuevas semanas de permiso?

El permiso total es de 19 semanas, distribuidas de la siguiente manera:

-17 semanas relacionadas con el nacimiento del menor.

-2 semanas para el cuidado de hijos hasta los ocho años.

Las primeras seis semanas de estas prestaciones contributivas tras el nacimiento, adopción o acogimiento son obligatorias y deben disfrutarse a jornada completa. Las 11 semanas restantes pueden distribuirse de forma acumulada o interrumpida, siempre dentro de los primeros 12 meses.

Por su parte, las dos semanas retribuidas para el cuidado del menor pueden tomarse inmediatamente después del permiso por nacimiento o en cualquier momento durante los primeros ocho años de vida del menor, ya sea a jornada completa o parcial.

 

¿Pueden transferirse las semanas entre progenitores?

No. Los permisos son prestaciones contributivas iguales e intransferibles para ambos progenitores “Este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor”, recalca el real decreto-ley.

¿Quién asume el coste?

La Seguridad Social cubrirá íntegramente el coste del nuevo permiso de dos semanas, garantizando a las personas trabajadoras el 100% de su base reguladora, equivalente a su salario habitual.

¿Cómo se lo pido a mi empresa?

Para disfrutar de estas prestaciones contributivas, las personas trabajadoras deben comunicar a la empresa, con una antelación mínima de 15 días, la petición “en los términos establecidos en los convenios colectivos”. Si ambos progenitores trabajan para la misma compañía, la dirección “podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito”.

manos tecleando

¿Cuándo entra en vigor el nuevo permiso de dos semanas retribuidas por cuidado del menor?

El 2 de agosto de 2024. La retroactividad recogida en la disposición transitoria única del Real Decreto Ley 9/2025 está motivada por la fecha en la que tenía que estar traspuesta a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva UE citada al principio.

En el caso de que alguien haya disfrutado de estas dos semanas sin retribuir en el último año, se podría reclamar a la administración, siempre que el nacimiento sea posterior al 2 de agosto de 2024, la cuantía equivalente, según indican fuentes del Ministerio de Trabajo.

¿Qué ocurre en el caso de familias monoparentales?

Para familias monoparentales, el permiso total será de 28 semanas, sumando cuatro semanas adicionales retribuidas hasta que el menor cumpla ocho años. Estas semanas pueden disfrutarse junto al permiso de nacimiento o distribuirse durante los ocho años siguientes.

 

¿Qué pasa con las ocho semanas que ya se podían tomar sin remuneración?

Estas semanas se mantienen disponibles para quienes deseen acogerse a ellas, aunque seguirán sin ser retribuidas.

Este nuevo marco normativo refuerza los derechos de conciliación familiar y laboral, adaptándose a las exigencias europeas y promoviendo la igualdad entre progenitores.

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