Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se establece la tramitación automatizada de las resoluciones y otros actos administrativos relativos a la regularización anual de la cotización correspondiente a los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
El pasado viernes 7 de Junio salió en el BOE la resolución que establece los actos administrativos relativos a la regularización anual de la cotización de los autónomos. Os recordamos que desde el 1 de Enero de 2023 para determinar la base de cotización de los trabajadores autónomos se tienen en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos por los referidos trabajadores, durante cada año natural, por sus distintas actividades profesionales o económicas. A partir del 1 de Julio, la Tesorería General de la Seguridad Social realizará la regularización anual en la cual determinará las bases de cotización y las cuotas mensuales definitivas correspondientes al ejercicio 2023.
Como resultado de esta regularización, a aquellos trabajadores autónomos que hayan cotizado por una base inferior a la cuota correspondiente a la base mínima de cotización del tramo en el que estén comprendidos sus rendimientos les llegará una notificación en la cual se indicará la cantidad a ingresar resultado de la diferencia entre ambas cotizaciones. Este ingreso se efectuará sin que resulte de aplicación interés de demora ni recargo alguno siempre que se realice antes del último día del mes siguientes a aquel en el que reciban la notificación con el resultado de la regularización.
Si la cotización provisional fuese superior a la cuota correspondiente a la base máxima del tramo en el que estén comprendidos los rendimientos, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a devolver de oficio la diferencia entre ambas cotizaciones, sin aplicación de interés alguno, antes del 31 de mayo del año siguiente. No obstante, se puede rechazar la devolución de cuotas con el fin de mantener esa base de cotización superior en los ejercicios posteriores si no supera aquella por la que venía cotizando a 31.12.2022.
El resultado de la regularización se realizará mediante notificación electrónica, y se dispondrá de un plazo de un mes para realizar la actuaciones pertinentes, tanto en un sentido como en otro.
Para más información, haga click aquí